
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la OrdenSND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se adoptan diferentes medidas destinadas a flexibilizar determinadas restricciones en materia de comercio minorista, hostelería y restauración, que fueron establecidas tras la declaración del estado de alarma.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden TMA/384/2020, de 3 de mayo, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad.

El lunes 4 de mayo el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra continuará con el reparto de mascarillas, que tenía previsto entre la población general del municipio, al que unirá además, desde primera hora de la mañana, un reparto entre los usuarios del transporte por autobús, para que puedan estar protegidos y cumplir con la obligatoriedad impuesta por el Estado para el transporte público, desde hoy lunes.

El Ministerio de Sanidad ha establecido mediante una orden ministerial las condiciones en las que las personas de 14 años en adelante podrán realizar actividad física no profesional al aire libre y paseos a partir de mañana sábado 2 de mayo durante la vigencia del estado de alarma.

El Servicio de Incendios Forestales de la Dirección General de Emergencias de la Comunidad de Madrid, comunica que según Resolución de 23 de abril de 2020, del Director General de Emergencias, se reanudan las autorizaciones de quemas para eliminación de residuos vegetales en terrenos forestales o en la franja de terreno de 400 metros de ancho que los circunda en caso de ser el terreno suelo no urbano, durante la vigencia del ESTADO DE ALARMA.

El Boletín Oficial del Estado de hoy sábado 25 de abril de 2020, número 116, publica la Orden SND/370/2020, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.