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Segregación y Parcelación 


La parcelación, segregación o división material de terrenos, requerirá la redacción de un Proyecto de Parcelación, salvo que ya estuviere contenida en un Proyecto de Reparcelación o de Compensación.

Se presentarán dos (2) copias de la documentación solicitada, salvo que la solicitud se produzca sobre suelo rural (Suelo No Urbanizable de Protección) en cuyo caso serán cuatro (4) copias. En todo caso deberá tenerse presente lo establecido en los artículos 143 a 146 de la ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, así como el Decreto 65/1989, de 11 de mayo, sobre Unidades Mínimas de Cultivo en la Comunidad de Madrid.

Su contenido, junto con la solicitud, será el siguiente: